ELENA POSTIGO: «Orientaciones éticas generales ante la pandemia de COVID-19»

[Publicamos ahora un texto de la profesora Elena Postigo, complementarias a la aportación del profesor Enrique Bonete. Esperamos que en los próximos días vayan llegando nuevas aportaciones y comentarios que ayuden a afrontar una situación tan compleja y terrible]

Por Elena Postigo, Universidad Francisco de Vitoria, Madrid.

Agradezco el documento que Enrique Bonete ha compartido a través de este foro. Me parece que está muy bien trabajado y fundamentado, como suele hacer él, y comparto lo esencia, a saber, el fundamento en la dignidad intrínseca, el razonamiento y las conclusiones. Quizá, el único matiz con el que no estaría de acuerdo, sería la denominación de lo que él llama utilitarismo, no en sentido estricto, y que él llama “solidarismo en sentido cristiano”. Sin duda elegiría esta segunda denominación, y evitaría la de utilitarismo, por todas las connotaciones que tiene este término pero, sobre todo, por el planteamiento de fondo y la fundamentación antropológica del mismo, completamente distinta del planteamiento de la dignidad que expone el Profesor Bonete. La dignidad en el planteamiento utilitarista (en sentido estricto) no es algo con fundamentación ontológica sino reducida, la mayor parte de las veces, a la autonomía o a la calidad de vida, no a un valor intrínseco invariable, fundamento de la Ética, del respeto incondicional, de la igualdad y del Derecho.

Estos días he dado muchas vueltas a este tema y he ayudado a elaborar algún documento como el de la AEBI, más de orientaciones bioéticas y complementario al de Bonete. Ha sido un tema muy trabajado en varios foros, desde el Comité de Bioética de España hasta la Sociedad Española de Bioética y Ética Médica y tantas otras que han propuesto algunas líneas de actuación concretas. Ayer [30 de marzo] salieron también las recomendaciones de la Pontificia Academia pro Vita, aquí las adjunto por si fueran del interés de alguno:

  1. AEBI (Asociación Española de Bioética y Ética Médica).
  2. Comité de Bioética de España.
  3. Recomendaciones de 18 Asociaciones Científicas para la toma de decisiones en situaciones de limitación de recursos (de este documento no comparto un par de cosas como el concepto de utilidad social para dirimir quién tiene acceso a la UCI).
  4. Recomendaciones de la Pontificia Academia pro Vita.

En todo caso, pienso que el triaje debería ser un tipo de actuación sostenible solo ante situaciones extremas, medicina de catástrofes y casos extremos (como el que por ejemplo se está dando en algunos hospitales de Madrid), y no debería ser lo habitual. Los profesionales sanitarios deberían intentar buscar alternativas que permitan tratar a todos los pacientes (traslado a otros hospitales o paliativos) para que mueran de la mejor manera posible y nunca se sientan seleccionados o abandonados. No hay recetas fáciles ni fórmulas mágicas. El médico ha de valorar prudencialmente cada caso teniendo en cuenta toda la situación de cada paciente en su conjunto: situación clínica, comorbilidad, edad, pronóstico, etc. No vale una receta única para todos, sino que hay una orientación general, todos deben ser tratados y ayudados, y nunca abandonados a su suerte. En estos días me han llegado dos casos de personas con Síndrome de Down, 40 y pocos años, que no han ingresado en UCI y se ha dado prioridad a otros pacientes. O de ancianos a partir de 70. Es comprensible y la situación terrible a la que se han visto expuestos los médicos ha sido terrorífica. Los gobernantes deberían haber previsto medios y deberían plantear alternativas (traslado, paliativos), etc. Y no ver cómo están muriendo, por ejemplo, los ancianos en las residencias. Y en cuanto sea posible, menos enfermos y más medios, se debería evitar este tipo de práctica que supone una vulneración de algunos derechos fundamentales.

Por último, os dejo esto que escribí el día 20 de marzo, cuando me preguntaron por vez primera de este tema, ante la situación de emergencia de los últimos días, y a raíz de algunas noticias y consultas que me iban llegando desde distintos frentes, escribí estas orientaciones éticas generales, por si son de utilidad:

Orientaciones éticas generales ante la pandemia de COVID-19

§ 1. Toda persona, independientemente de su edad y condición, merece ser reconocida como persona con dignidad y con los DDHH que le son inherentes.

§ 2. Nadie debe ser discriminado por su edad, enfermedad o discapacidad física o psíquica. Todos merecen atención médica y cuidado.

§ 3. Los profesionales sanitarios deben salvaguardar su integridad y salud con los medios materiales que sean necesarios. Es un deber de la autoridad competente garantizar su integridad proporcionando una vestimenta adecuada al peligro al cual se exponen: mascarilla, EPIs, guantes, gafas, etc.

§ 4. El Estado y sus gobernantes tienen el deber de garantizar la salud de los ciudadanos, de prevenirles ante posibles daños, de poner los medios, actuales y futuros previsibles, para que no corra riesgo su vida, su salud y sobre todo la de los grupos de población más vulnerables.

§ 5. Toda la sociedad, y el gobierno en particular, tiene el deber de proteger a los grupos más vulnerables: personas mayores, enfermos, personas con discapacidad, niños, etc. Y a todos aquellos que no pueden hacerlo por sí mismos; hemos de velar por estos grupos de personas con especial atención.

§ 6. Los profesionales sanitarios tienen el deber de: atender, curar y cuidar de toda persona, independientemente de su condición; no conculcar el principio de no discriminación reconocido por la Constitución, los DDHH y los códigos deontológicos de todas las profesiones sanitarias.

§ 7. Ante situaciones extremas y escasez de recursos que pudieran darse (urgencia, guerra, pandemia, catástrofe), deberían decidir qué paciente accede a la UCI conforme a criterios prudenciales, valorando caso por caso, no sólo la edad o la discapacidad, sino también el diagnóstico y pronóstico del paciente. Y en todo caso, poniendo siempre todos los medios a su alcance, o alternativas como el traslado, para salvarle y proteger su derecho a la vida y a la salud. Sin que sea la edad u otro sean criterios discriminatorios.

§ 8. Se debe obrar con transparencia y comunicar a pacientes y familiares la extraordinariedad de la situación y la justificación de las medidas propuestas en cada caso.

§ 9. Se debería garantizar que toda persona fallezca con los cuidados que le son debidos, con la atención humana y espiritual oportunas.

 

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